La ley
26.579, sancionada el 2 de Diciembre de 2009, promulgada el 21 de Diciembre del mismo año, y publicada en el Boletín Oficial el 22 de Diciembre del corriente, a partir de su entrada en vigencia en los próximos días modifica el Código Civil Argentino, en tanto que establece que
"Son menores las personas que no hubieren cumplido la edad de dieciocho años" (nuevo artículo 126), bajando así la mayoría de edad de 21 a 18 años. Como corolario de esta modificación substancial, se modifican otras disposiciones, como es la referida a la clasificación de menores impúberes y menores adultos (estos últimos ahora serán los comprendidos entre los 14 y hasta que no alcancen la edad de 18 años).
Por otra parte, en lo referente a las emancipaciones, sigue vigente la emancipación por matrimonio, pero desaparece el instituto de la emancipación dativa (antes otorgada por los padres o tutores a partir de los 18 años).
Estas son solo algunas breves consideraciones de la reforma, que comprende además otros aspectos. Hagan clic en el siguiente enlace para ver el texto de la
ley 26.579.